Condenaron a 27 integrantes del Templo Filadelfia y fijaron reparaciones por más de 2.170 millones de pesos
El Tribunal Oral Federal N°2 de San Martín impuso penas de hasta 24 años de prisión y ordenó decomisar 46 inmuebles, 12 vehículos y dinero en pesos y moneda extranjera. La organización operó al menos desde 1972 hasta diciembre de 2020.
El Tribunal Oral Federal N°2 de San Martín condenó a 27 personas vinculadas al Templo Filadelfia y fijó reparaciones por 2.170.467.831,20 pesos para 27 víctimas. El veredicto incluyó el decomiso de 46 inmuebles distribuidos en Buenos Aires, Mendoza, Entre Ríos, Salta, Córdoba, Tucumán y Río Negro, además de 12 vehículos y dinero secuestrado en pesos y moneda extranjera. También se dispuso la subasta de otros 15 automotores, una medida que había sido ordenada durante la instrucción de la causa.
Según se acreditó en el debate oral, la estructura funcionó, al menos, desde 1972 hasta el 1 de diciembre de 2020, con sede central en la localidad de San Justo, partido de La Matanza, y extensiones en otros puntos del país, Paraguay y Brasil. Las penas más altas recayeron sobre Eva Petrona Pereyra, a quien le aplicaron 24 años de prisión, y sobre Rigoberto Ismael Mora Bogado, condenado a 21 años. Otros siete acusados recibieron 18 años, de acuerdo con lo solicitado por el fiscal general Alberto Gentili.
Roles y calificación legal
Pereyra fue considerada jefa u organizadora de la asociación ilícita y coautora de reducción a la servidumbre y trata de personas con fines de explotación laboral agravada. También se la condenó por su participación necesaria en delitos vinculados con la supresión de identidad, sustracción y retención de un menor y falsedad ideológica de documento público. En los casos de Víctor Abraham Ayunta y Damaris Fernanda Sabich, en cambio, el tribunal condenó únicamente por asociación ilícita y absolvió por los delitos de trata agravada y reducción a la servidumbre.
Gentili describió ante el tribunal un sistema de sometimiento de personas en situación de vulnerabilidad que combinaba trabajo explotado, aislamiento, vigilancia y sanciones. El representante del Ministerio Público Fiscal añadió que la organización imponía restricciones sobre los vínculos personales y la vida afectiva de las víctimas.
Qué hizo el tribunal con los hechos más antiguos
El fallo declaró la prescripción de determinados hechos que perjudicaron a nueve personas y de una acusación por abuso sexual contra Pereyra. La decisión se fundó en que esos episodios superaban los plazos de persecución penal previstos por la ley, un punto que el tribunal resolvió tras evaluar la prueba incorporada al debate.
Qué hacer tras un fallo de estas características
- Guardar una copia del fallo y de la liquidación de la reparación para iniciar los trámites de cobro ante el tribunal de ejecución o el organismo que corresponda.
- Conservar la documentación que vincule a la víctima con la organización, como constancias de ingreso, salidas del país o registros laborales, por si se requiere acreditar el vínculo en instancias administrativas posteriores.
- Consultar con la Dirección de Asistencia a la Víctima del Ministerio Público Fiscal o con equipos de atención del Registro Federal de Víctimas de Trata para acceder a programas de acompañamiento y reparación.
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