La Asignación por Embarazo elimina el trámite de controles médicos: ANSES cruzará datos con Salud desde noviembre
La Resolución 297/2026 oficializó un cambio que simplifica la acreditación sanitaria de la AUE. El pago del 20% acumulado al final de la gestación, el más sensible a los controles, queda atado a la información que el Ministerio de Salud envíe cada mes al organismo previsional.
A partir del 1° de noviembre, las titulares de la Asignación por Embarazo para Protección Social dejarán de presentar documentación ante la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) para acreditar los controles médicos de seguimiento, según informó el organismo con base en la Resolución 297/2026, publicada en el Boletín Oficial el 15 de octubre de 2026. En adelante, la verificación se realizará de manera automática a partir de los registros que el Ministerio de Salud remita mensualmente.
El cambio alcanza a todas las asignaciones puestas al pago desde esa fecha y, según se desprende del texto oficial, se inscribe en una lógica más amplia de interoperabilidad de datos entre el sistema previsional y el sanitario. Hasta ahora, cuando la información oficial era insuficiente o llegaba tarde, las beneficiarias debían acercar papeles de manera presencial o a través de canales digitales para no interrumpir el cobro, un paso que la nueva resolución busca reemplazar por un cruce automático entre bases.
Vamos a los números
La estructura de la prestación no se modifica. La AUE abona mensualmente el 80% del valor de la asignación desde la semana 12 de gestación hasta la última semana del embarazo, y reserva el 20% restante para un pago único al finalizar la gestación, una vez verificados los controles sanitarios. El impacto del cambio, por lo tanto, se concentra en ese 20% acumulado, que es el tramo más sensible al cumplimiento de los controles y el que, hasta ahora, podía quedar trabado por la falta de acreditación documental.
- Acreditación automática: ANSES verificará los controles con los datos que el Ministerio de Salud envíe cada mes.
- Vigencia: aplica a las asignaciones puestas al pago desde el 1° de noviembre de 2026.
- Finalización del embarazo: se sigue acreditando con partida o certificado de nacimiento, certificado de defunción o certificado médico de interrupción, según corresponda.
- Vía documental abierta: seguirá disponible cuando los datos oficiales resulten insuficientes o cuando la titular presente un reclamo.
- Montos sin cambios: 80% mensual desde la semana 12 de gestación y 20% acumulado al final del embarazo.
El texto oficial no introduce cambios en los montos, en la frecuencia de pago ni en los requisitos de elegibilidad de la AUE: el foco está puesto en la fuente de verificación, no en las condiciones del beneficio. En ese sentido, se trata de una simplificación operativa que desplaza la acreditación desde la persona beneficiaria hacia el Estado, sin alterar las variables centrales de la prestación.
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