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VIE, 16 OCT 2026
Economía

La Anses mantiene abierta la inscripción para la Prestación por Desempleo: hasta doce cuotas según los aportes previos

El beneficio alcanza a trabajadores registrados que quedaron sin empleo por despido sin causa, vencimiento de contrato u otras causales previstas en la Ley de Contrato de Trabajo, con una extensión adicional para mayores de 45 años. La gestión se canaliza por Atención Virtual o de forma presencial con turno.

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Natalia QuirogaNegocios y economía digital · · lectura 3 min
La Anses mantiene abierta la inscripción para la Prestación por Desempleo: hasta doce cuotas según los aportes previos

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) recordó que la Prestación por Desempleo continúa disponible para los trabajadores en relación de dependencia que perdieron su empleo registrado por causas ajenas a su voluntad, en un marco normativo que contempla entre dos y doce cuotas mensuales, de acuerdo con los salarios percibidos y los períodos de aporte registrados durante los tres años previos a la solicitud. Según informó el organismo, la cobertura puede extenderse seis meses adicionales cuando el beneficiario supera los 45 años de edad, con el objetivo de acompañar a un segmento poblacional que enfrenta mayores dificultades para reinsertarse en el mercado laboral formal.

Vamos a los números

El esquema de la prestación distribuye el pago en un mínimo de dos cuotas y un máximo de doce, según los salarios y los aportes acumulados en los últimos tres años. Para acceder al beneficio, los trabajadores permanentes deben acreditar al menos seis meses de aportes dentro del período de referencia, mientras que los trabajadores eventuales y de temporada deben haber trabajado menos de doce meses en los últimos tres años y, al mismo tiempo, superar los noventa días de aportes durante el año anterior al cese de la relación laboral. La comparación con el mismo mes del año anterior no muestra modificaciones sustanciales en los requisitos formales de acceso, dado que la Anses sostiene los parámetros vigentes desde las últimas actualizaciones normativas.

Documentación y causales contempladas

Entre las situaciones que habilitan la solicitud figuran el despido sin causa, el vencimiento de un contrato a plazo fijo sin renovación y la decisión del trabajador de dar por terminada la relación por una causa justificada, además de otros supuestos contemplados en la Ley de Contrato de Trabajo. El material a presentar varía según el motivo: ante un despido sin causa se acepta un telegrama, una carta documento o una nota del empleador con firma certificada; frente al vencimiento del contrato a plazo fijo corresponde una copia del vínculo original; y cuando el trabajador decidió interrumpir la relación por causa justificada, se requieren los telegramas de intimación y de desvinculación enviados. En todos los casos, la documentación debe presentarse en original y copia, junto con el Documento Nacional de Identidad.

Canales de gestión y acreditación de fondos

La Anses ofrece dos modalidades de presentación. La primera es mediante Atención Virtual, con Clave Única de Identificación Laboral (CUIL) y Clave de la Seguridad Social, que puede generarse al iniciar la gestión si aún no se dispone de ella. La segunda opción es la atención presencial en una oficina del organismo, con turno previo asignado a través de los canales oficiales. Una vez aprobada la solicitud, el dinero se acredita en una cuenta bancaria: la Anses gestiona una Caja de Ahorro de la Seguridad Social y la entidad financiera entrega una tarjeta de débito asociada, mientras que si el titular ya percibe otra prestación del organismo, se utiliza esa misma cuenta para evitar duplicaciones.

  • La Prestación por Desempleo de la Anses paga entre dos y doce cuotas, con seis meses extra para mayores de 45 años.
  • Los trabajadores permanentes necesitan seis meses de aportes en los tres años anteriores al cese; los eventuales y de temporada, menos de doce meses en ese período y más de noventa días en el último año.
  • La documentación varía según la causal: telegrama, carta documento o nota con firma certificada para despido sin causa; copia del contrato para plazos fijos vencidos; telegramas de intimación y desvinculación para renuncia por causa justificada.
  • La gestión se realiza por Atención Virtual con CUIL y Clave de la Seguridad Social, o de forma presencial con turno previo en oficinas de Anses.
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Natalia QuirogaNegocios y economía digital

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