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JUE, 22 OCT 2026
Economía

ARCA fija rebajas automáticas de hasta 50% para ampliar el cumplimiento fiscal

La Ley 27.826 establece un descuento permanente del 25% para determinadas multas de micro, pequeñas y medianas empresas, personas físicas y entidades sin fines de lucro, además de una rebaja extraordinaria del 50% para sanciones anteriores al 9 de octubre de 2026 que todavía permanezcan impagas.

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Natalia QuirogaNegocios y economía digital · · lectura 2 min
ARCA fija rebajas automáticas de hasta 50% para ampliar el cumplimiento fiscal

La Ley 27.826, vigente desde el 9 de octubre de 2026, modifica el régimen sancionatorio de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero y prevé dos beneficios para_ADDR los incumplimientos administrativas que y obligaciones pendientes. El texto establece una reducción permanente para un segmento amplio de contribuyentes y una rebaja extraordinaria, limitada por fechas y condiciones, para multas anteriores.

Una reducción permanente de 25%

El primer mecanismo consiste en un descuento automático del 25% sobre determinadas multas formales. La medida alcanza a micro, pequeñas y medianas empresas, personas físicas, sucesiones indivisas y entidades sin fines de lucro que no estén categorizadas como Grandes Contribuyentes Nacionales. Según el material, la reducción opera de pleno derecho, sin necesidad de un trámite previo para hacerse efectiva.

  • Falta de presentación de declaraciones juradas.
  • Incumplimiento de requerimientos de ARCA.
  • Infracciones a deberes formales generales.
  • Incumplimiento de regímenes de información.

El descuento se refleja en los montos de las sanciones. Para una sociedad, una multa de $440.000 por no presentar una declaración jurada pasa a $330.000; en el caso de una persona física, la sanción de $220.000 baja a $165.000. En el extremo superior de la escala, la multa máxima por resistencia a la fiscalización disminuye de $35 millones a $26,25 millones.

La rebaja extraordinaria y sus límites

El segundo beneficio implica una reducción del 50% para multas correspondientes a infracciones cometidas antes del 9 de octubre de 2026, siempre que las obligaciones asociadas hayan vencido desde el 2 de enero de 2026. Para acceder a esta rebaja, la sanción no debe estar firme o, cuando ya lo esté, debe permanecer impaga. El régimen se aplica, por lo tanto, dentro de una ventana temporal y bajo condiciones expresas.

El contribuyente que solicite cualquiera de los dos descuentos debe cumplir la obligación que originó la multa antes de pedir el beneficio o de manera simultánea. Además, tiene que aceptar sin discusión la parte de la sanción que no se reduce y renunciar a cualquier reclamo vinculado con ese segmento. Si existe un litigio en curso, el interesado también debe hacerse cargo de las costas. Las multas ya pagadas no generan derecho a devolución.

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Natalia QuirogaNegocios y economía digital

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